En una sesión extraordinaria celebrada a las 9:00 a.m. de este lunes, el Concejo de Vocales del Distrito Municipal La Otra Banda rechazó la Resolución 09-2025, emitida por el Concejo de Regidores de Higüey, al considerar que contradice lo establecido en la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.
La sesión contó con la presencia de los vocales Felicia Martínez Rodríguez, Wanda Margarita Nova Martínez y Rubiel Darío Martínez Martínez. Tras la apertura y comprobación del quórum, se abordaron los puntos de la agenda, incluyendo la oración y la lectura del acta anterior.
El Concejo de Vocales argumentó que la resolución emitida por los regidores de Higüey vulnera los artículos 24, 108 y 117 de la Ley 368-22, los cuales establecen que La Otra Banda tiene potestad sobre el ordenamiento territorial y el uso de suelo, dada su cantidad poblacional.
“El Concejo de Regidores de Higüey basa su resolución en normativas previas a la promulgación de la Ley 368-22, lo que la deja sin fundamento jurídico. Además, nuestra demarcación cumple con todos los requisitos exigidos por los organismos competentes para la creación de la Oficina de Planeamiento Urbano”, expresaron los vocales.
Base legal del rechazo
El Concejo de Vocales recordó que el artículo 199 de la Constitución de la República Dominicana otorga a los distritos municipales autonomía presupuestaria, normativa y administrativa sobre el uso de suelo. Asimismo, el artículo 24 de la Ley 368-22 establece que los gobiernos locales con más de 15,000 habitantes tienen derecho a gestionar y autorizar el uso del suelo mediante su Oficina de Planeamiento Urbano, en coordinación con el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPYD).
La sesión concluyó con la votación del punto en cuestión, el cual fue aprobado por unanimidad, reafirmando la autonomía de La Otra Banda en la gestión del uso de suelo y el ordenamiento territorial.
Solicitud de sesión extraordinaria
El alcalde distrital, Luis Alexander Rodríguez Castillo, solicitó incluir este tema en la sesión, argumentando la urgencia de rechazar la Resolución 09-2025 de Higüey por considerarla violatoria de la normativa vigente.
“Además de ser contraria a la Ley 368-22 y a la Constitución, esta resolución ignora que ya hemos cumplido con los requisitos exigidos para la creación de nuestra Oficina de Planeamiento Urbano”, señaló Rodríguez Castillo.
Con esta decisión, el Concejo de Vocales de La Otra Banda ratificó su derecho a ejercer autonomía en materia de ordenamiento territorial y uso de suelo, conforme a la legislación vigente.
Especialistas municipales discrepan sobre la legalidad de las oficinas de Planeamiento Urbano
El conflicto entre la Alcaldía de Higüey y la Junta Distrital de La Otra Banda por el otorgamiento de permisos de uso de suelo y la creación de una Oficina de Planeamiento Urbano ha generado opiniones divididas entre expertos en municipalidad.
El director ejecutivo de la Federación Dominicana de Distritos Municipales (FEDODIM), Pedro Richardson, sostuvo que La Otra Banda supera los 15,000 habitantes, por lo que tiene facultad legal para habilitar oficinas de Planeamiento Urbano.
«La crearon, notificaron al Ministerio de Vivienda y designaron a un arquitecto. Están dentro del marco que establece la ley», afirmó.
Richardson también aclaró que la Alcaldía de Higüey no tiene injerencia en La Otra Banda y recordó que, anteriormente, los distritos municipales estaban obligados a entregar el 50 % de sus ingresos por uso de suelo, arbitrios y cobros de energía eléctrica a los municipios.
«Ese hecho sin precedentes en la municipalidad dominicana ha sido superado», enfatizó.
Además, criticó la demora del Poder Ejecutivo en la promulgación del reglamento de aplicación de la Ley 368-22, que debió aprobarse en noviembre de 2022.
«El entonces ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, Pavel Isa, aseguró que el reglamento estaría listo para noviembre, pero estamos en 2025 y aún no se ha concretado», señaló.
Según Richardson, la falta de este reglamento ha provocado la paralización de miles de millones de pesos en proyectos inmobiliarios y hoteleros, dejando en un limbo jurídico a varias demarcaciones, incluida La Otra Banda.
«Es urgente que el Poder Ejecutivo promulgue el reglamento de la Ley 368-22 para superar estos inconvenientes», indicó.
Asimismo, aseguró que no es un requisito indispensable contar con un Plan de Ordenamiento Territorial para operar una Oficina de Planeamiento Urbano.
«Todos los gobiernos locales deben contar con un plan de ordenamiento territorial, pero eso no impide la creación de oficinas de Planeamiento Urbano», explicó.
Sin embargo, advirtió que algunos municipios y distritos ven estas oficinas como una fuente de ingresos, en lugar de un mecanismo de organización territorial.
«Esta ley busca establecer orden en el uso del suelo y definir áreas industriales, residenciales, turísticas e institucionales», destacó.
Por su parte, el experto en municipalidad Waldys Taveras sostuvo que tanto la Alcaldía de Higüey como la Junta Distrital de La Otra Banda están equivocados, ya que, según la Ley 368-22, los ayuntamientos han perdido la competencia para decidir sobre el uso de suelo.
«El otorgamiento de uso de suelo debe basarse en un Plan de Ordenamiento Territorial revisado y aprobado por el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo», precisó.
Además, señaló que la disputa entre Higüey y La Otra Banda está vinculada a la distribución de ingresos generados por permisos de uso de suelo.
«Los inversionistas que obtengan resoluciones de uso de suelo sin validación del Ministerio de Economía están realizando pagos irregulares», advirtió.
Finalmente, criticó el estado actual de la municipalidad dominicana, asegurando que la Ley de Ordenamiento Territorial carece de mecanismos de implementación claros.
«La ley aprobada es solo un marco teórico de definiciones; ordenar implica establecer qué se debe hacer en cada caso», puntualizó.