La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación, del distrito judicial de Santiago, ratificó la prisión preventiva contra un dominicano que fue extraditado desde Colombia, acusado en el país de formar parte de la presunta red criminal desmantelada en 2021 mediante la Operación Falcón.
La decisión de la corte confirmó los 18 meses de prisión que dispuso la Oficina Judicial de Atención Permanente y el juez José Rafael D’ Asís, en primera instancia contra Joel Sosa Polanco, conocido como «Psosa«, «Manteca» y/o «Panano».
El imputado fue extraditado a la República Dominicana desde Colombia, donde fue detenido junto a su pariente Erick Randhiel Mosquea Polanco, señalado como cabecilla de la supuesta estructura.
En el expediente, el Ministerio Público hace constar la supuesta afiliación de Sosa Polanco con la estructura del crimen organizado en la que cumplía con varias funciones, incluyendo ser testaferro de su líder y pariente, Mosquea Polanco.
Ante el pleno, la procuradora de la Corte Ángela Peña, en representación del Ministerio Público, manifestó al tribunal que el peligro de fuga se mantiene latente, por cuanto se trata de un imputado que, por demás, estuvo cuatro años prófugo, intentando evadir la justicia.
Entre otros argumentos, el órgano acusador refirió el allanamiento que se le practicó al domicilio del procesado en Santiago, donde las autoridades se incautaron de municiones y otros artefactos para fusil M-16; varias porciones de distintos tipos de drogas, incluyendo cocaína y heroína, vehículos y documentos que confirmaron su vinculación con la estructura.
Según las autoridades, parte de sus compromisos en la organización eran recibir, movilizar, transportar e ingresar en la economía local las sumas percibidas por Erick Randhiel Mosquea Polanco.
Sosa Polanco enfrenta cargos por constituirse en asociación de malhechores, tráfico de drogas y patrocinio del narcotráfico, narcotráfico internacional, lavado de activos y violación a la ley de armas.
El Ministerio Público atribuye al procesado violar los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano, que tipifica la asociación de malhechores en los artículos 59 y 60, 4 (letras D y E); 5, 6, 58 (letra C); 60 , 75 párrafos II y III; 85 (letras B, C, D); 99. Además se le imputa violar los artículos 100 y 101 de la Ley 50-88 para el Control de Drogas y Sustancias Ilícitas, bajo cargos de tráfico de drogas y patrocinio; violación a los artículos 3, (numerales 1, 2 y 3); 4 (numerales 1, 2, 9 y 10); 8, 9 (numerales 1, 2 y 5) y el artículo 12 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, entre otros delitos.